InicioDerechos HumanosLa locura del electroshock empeora en Conxo, Galicia

La locura del electroshock empeora en Conxo, Galicia

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Cuando los médicos y psiquiatras apoyaron las terapias electroconvulsivas o Técnicas de Electroshock para experimentar con judíos en los campos de exterminio nazis, pensaban que estaban haciendo un alto beneficio a la ciencia. Una vez acabada la II Guerra Mundial y vistas las abominaciones que habían hecho aquellos médicos psiquiatras con formación académica, muchas instituciones del mundo comenzaron a pensar que aquel poder omnímodo de la psiquiatría debería ser mínimamente controlado, pero resulta que más de 60 años después, un juez de Galicia, que al parecer lleva el caso de Iván, un joven de 30 años y vecino de Arzúa que fue internado de manera involuntaria en el área de psiquiatría del hospital provincial de Conxo en Santiago de Compostela, ha redactado un auto, a instancias del ministerio fiscal, donde pone que al apreciar riesgo de suicidio, imagino que con la documentación sabiamente presentada por parte de sesudos y muy estudiados psiquiatras de dicha área de salud, ve conveniente autorizar una serie de sesiones, tantas como 9, de técnicas de electroshock o electroconvulsión; vamos, ponerle cables en la cabeza y enchufar dichos cables a un aparato que a su vez va a una red eléctrica para así descargar los voltios necesarios en el cuero cabelludo de Iván como único recurso, según los expertos, para curarle, quiero imaginar, aunque, y es mi modesta opinión, no creo que tengan ni idea de lo que le debe estar ocurriendo al pobre Iván.

En el auto del juez, según elcorreogallego.es del 3/30/2023, se afirma que:

“en modo alguno se ocasiona indefensión material alguna ni al paciente ni a su progenitor, porque la autorización del TEC se fundamenta de manera sustancial en el historial clínico del paciente, en particular desde su ingreso, el 9 de febrero de 2023 (autorizado por otra magistrada tras un informe médico de otro forense), en la audiencia efectuada por este magistrado y en el informe médico de otra forense, con ausencia de tratamientos alternativos, dada la sintomatología psicótica activa y la intencionalidad autolítica del paciente”

Es decir, un informe médico, imagino que psiquiátrico, determina que no existe tratamiento alternativo y sirve de justificación, también en dicho auto judicial, para enchufarle al pobre Iván los cables al cerebro y hacerle sufrir un calvario indecible, aun cuando al parecer durante años Iván había sufrido otros tratamientos para la curación de su presunta enfermedad mental por parte de otros médicos:

“dada la insuficiente conciencia pasada y actual de enfermedad/trastorno mental de la persona precisada de apoyos” y, sobre todo, debido a la “ausencia de cualquier otra alternativa al tratamiento pautado de TEC, tanto por parte del paciente como de sus progenitores”.

Por lo tanto, para llegar a este final, otros médicos y psiquiatras, tan estudiados o más que la última que lo trató, jugaron a las enfermedades del cerebro sin dar con la causa y tomaron la decisión más certera: la aplicación de electroconvulsión, una técnica ya denostada por tantos que a los jueces gallegos y a los psiquiatras gallegos les debería de haber llegado incluso la información. Si no, les voy a recomendar un libro, que es de un psiquiatra, y además español: Los psiquiatras de Franco de Enrique González Duro, y aunque en dicho texto se analiza la práctica psiquiátrica en otros tiempos, a lo mejor no estaría de más observar que a veces y desafortunadamente los patrones se pueden repetir. Sobre aquellos no tan alejados tiempos de las prácticas psiquiátricas, la editorial Península ponía en la promoción del libro el siguiente texto:

Durante los largos años de la represión franquista, los principales psiquiatras españoles se convirtieron en guardianes de la integridad moral y política del régimen. Sus métodos, ideología y tratamientos parecían más destinados al castigo de los «rojos» y «los otros» que a la prevención y curación de enfermos. Enrique González Duro, uno de los más destacados psiquiatras españoles, ha buceado en archivos, removido documentación y analizado los textos doctrinales de sus colegas franquistas con el fin de sacar a la luz el comportamiento profesional y personal de una parte esencial de la psiquiatría oficial. El resultado es un libro estremecedor. Un riguroso trabajo que desvela aspectos, hasta ahora desconocidos, de la barbarie clínica cometida contra los perdedores. El manicomio seguía siendo el eje fundamental de la asistencia pública y referente para el orden social, pero fue convertido en una institución de orden y para el orden. Lo importante era el mando único y la disciplina patriótica del personal facultativo, auxiliar y religioso, para controlar permanentemente al enfermo internado, considerado como un peligroso enemigo”.

Permitan que me quede con la primera de las frases: “…los principales psiquiatras se convirtieron en guardianes de la integridad moral y política del régimen”. Casos como el de Iván nos llevan precisamente a ese punto donde el poder, para escudarse de sus errores, deriva en los psiquiatras el poder omnímodo de decidir que todos nos encontramos en un estado de salud mental negativo que nos hace vulnerables a los trastornos mentales, y así está ocurriendo en nuestro país.

Es decir, se les ha vuelto a dar a los psiquiatras, por encima de principios éticos o morales, (e incluso de convenios internacionales como el ICCPR y el CDPD), el poder de encerrar y violentar a los ciudadanos, con la quizá inconsciente connivencia de algunas autoridades judiciales, sin tener en cuenta los derechos humanos más elementales.

Por supuesto, no ahondaré en lo ya publicado sobre las acciones judiciales que deberá emprender la familia de Iván contra cuantos psiquiatras, dada su negligente actuación al no poder curarle, le hayan conducido a ese estado, e incluso contra el mismo juez o la fiscalía. Eso sólo demuestra lo que ya es un clamor internacional sobre el desconocimiento psiquiátrico de lo que ocurre en el cerebro. Cada día son más las voces que se rebelan contra este tipo de prácticas, pero enumerarlas todas requería una extensión que excede con mucho este artículo.

¿No tiene Iván derechos aun en el supuesto de que sufriera algún tipo de trastorno mental indefinible?

En febrero de 2013, Juan Méndez, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Torturas en el mundo, comentó al Consejo de Derechos Humanos de la ONU, referente a las técnicas de terapias electroconvulsivas o TEC, que se debería tener clara

“prohibición absoluta de todas las intervenciones médicas forzadas y no consentidas en los casos de personas con discapacidad, incluida la psicocirugía, la terapia de electrochoque, la administración de medicamentos psicotrópicos como los neurolépticos, la inmovilización y el régimen de aislamiento, tanto a largo como a corto plazo”.

El 1 de febrero de 2013, ese mismo relator comentó que

“los cuidados médicos que causan graves sufrimientos sin ningún motivo aparente pueden considerarse crueles, inhumanos o degradantes, y si hay participación estatal y una intención específica, constituyen tortura”.

Cualquier juez internacional podría entender los actos que se están cometiendo contra Iván en Galicia como una tortura participada por algunos miembros de la clase médica y, en su desconocimiento, por el poder judicial, y entonces ¿qué pasaría?

Ya en 2013, el mismo relator exhortaba a los Estados miembros a

imponer una prohibición absoluta de todas las intervenciones médicas forzadas y no consentidas en los casos de personas con discapacidad, incluida la psicocirugía, la terapia de electrochoque, la administración de medicamentos psicotrópicos como los neurolépticos, la inmovilización y el régimen de aislamiento, tanto a largo como a corto plazo, cuando no exista consentimiento. La obligación de poner fin a las intervenciones psiquiátricas forzadas basadas únicamente en motivos de discapacidad es de inmediata aplicación y la escasez de recursos financieros no podrá justificar el aplazamiento de dicha aplicación”.

Y exhortaba, por supuesto, a revisar las disposiciones jurídicas que permiten la privación de libertad por razones de salud mental en instalaciones de salud mental, y de cualesquiera intervenciones o tratamientos coercitivos en entornos de salud mental sin el consentimiento libre e informado de la persona concernida.

¿Se ha respetado lo anterior con Iván o con su familia?

Sólo por citar algunas recomendaciones que podría ir ampliando en un futuro trabajo sobre el tema, me gustaría comentar que el 10 de junio de 2021, la Organización Mundial de la Salud (OMS) generó una guía sobre los servicios comunitarios de salud mental, centrados principalmente en las personas y basados en sus derechos fundamentales. En dicha guía, no olvidemos, de la OMS se condenan las prácticas psiquiátricas coercitivas que tan alejadas creíamos que se encontraban de España:

“son omnipresentes y se utilizan cada vez más en los servicios de países de todo el mundo, a pesar de la falta de evidencia de que ofrezcan algún beneficio, y la evidencia significativa de que conducen a daños físicos y psicológicos e incluso a la muerte… también prohibir prácticas coercitivas tales como. admisión y tratamiento forzados, reclusión y contención, así como la administración de medicación antipsicótica, terapia electroconvulsiva (TEC) y psicocirugía sin consentimiento informado.

En una consulta en las Naciones Unidas (A/HRC/49/29) del 2 de febrero de 2022 sobre formas de armonizar las leyes referentes a temas de salud mental y su armonización con cuanto se comenta en el apartado C del punto 40 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se comentaba:

“Como resultado de sus obligaciones en virtud de la Convención, los Estados deben derogar las disposiciones sobre la institucionalización forzosa y la sustitución de la toma de decisiones en la ley y en la práctica. El compromiso de los Estados con la desinstitucionalización debe incluir el fin de las prácticas de tratamiento involuntario”.

Y, para terminar, el tema así lo requería, quisiera acabar con un último punto: el Proyecto de Orientación de Sobre Salud Mental, Derechos Humanos y Legislación de la OMS y ACNUDH de junio de 2022, donde se expresa claramente lo que sigue:

“Existe una gran controversia en torno al uso de la terapia electroconvulsiva (TEC) y sus riesgos asociados. En Eslovenia y Luxemburgo, ECT no está disponible; y en muchos países, ha habido una disminución dramática en su uso. Además, hay llamadas para considerar prohibir la TEC por completo. Si está permitido, la TEC solo debe administrarse con el consentimiento informado de la persona interesada. Los estándares internacionales de derechos humanos son muy claros en cuanto a que la TEC sin consentimiento viola el derecho a la integridad física y mental y puede constituir tortura y malos tratos. Las personas a las que se les ofrece TEC también deben ser conscientes de todos sus riesgos y posibles efectos nocivos a corto y largo plazo, como pérdida de memoria y daño cerebral.

Biografía del presente artículo:

-Lea J, Cunliffe S, Jauhar S, McLoughlin DM. ¿Deberíamos dejar de usar la terapia electroconvulsiva? BMJ. 2019;364: k5233. doi: 10.1136/bmj. k5233.

-Gazdag G, Takács R, Ungvari GS, Sienaert P. La práctica de consentir la terapia electroconvulsiva en la unión europea. J ECT. 2012; 28:4-6. doi: 10.1097/YCT.0b013e318223c63c.

-Lea J, Harrop C, Geekie J, Renton J, Cunliffe S. Una segunda auditoría independiente de la terapia electroconvulsiva en Inglaterra, 2019: uso, demografía, consentimiento y cumplimiento de las pautas y la legislación. Psychol Psychother Theory Res Pract. 2021; 94:603-19. doi: 10.1111/papt.12335.

-Breggin PR. Electroshock: Cuestiones científicas, éticas y políticas. Int J Riesgo Saf Med. 1998; 11:5. –

http://www.ectresources.org/ECTscience/Breggin_1998_ECT__Overview.pdf

-Sackeim H, Prudic J, Fuller R, al. mi. Los efectos cognitivos de la terapia electroconvulsiva en entornos comunitarios. Neuropsicofármaco. 2007; 32:244–54. doi: 10.1038/sj.npp.1301180.

-Actualización reglamentaria del manual de instrucciones del sistema thymatron iv. somáticos; 2018

(http://www.thymatron.com/downloads/System_IV_Regulatory_Update.pdf consultado el 27 de junio de 2022).

-“Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Juan E. Méndez”, Consejo de Derechos Humanos de la ONU, 1 de febrero de 2013,

http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil /RegularSession/Session22/A.HRC.22.53_English.pdf

-“Guidance on Community Mental Health Services: Promoting Person-Centered and Rights-Based Approaches”, Organización Mundial de la Salud, 10 de junio de 2021, https://www.who.int/publications/i/item/9789240025707 (para descargar el informe)

– “Orientación sobre servicios comunitarios de salud mental: promoción de enfoques centrados en la persona y basados en los derechos”, Organización Mundial de la Salud, 10 de junio de 2021, pág. 7.

-https://www.elcorreogallego.es/concellos/2023/03/30/juez-ve-riesgo-suicidio-cree-85362462.html

-https://www.perlego.com/book/2540112/los-psiquiatras-de-franco-los-rojos-no-estaban-locos-pdf

La locura del electroshock llega a Galicia

Por Gabriel Carrión

Cuando los médicos y psiquiatras apoyaron las terapias electroconvulsivas o Técnicas de Electroshock para experimentar con judíos en los campos de exterminio nazis, pensaban que estaban haciendo un alto beneficio a la ciencia. Una vez acabada la II Guerra Mundial y vistas las abominaciones que habían hecho aquellos médicos psiquiatras con formación académica, muchas instituciones del mundo comenzaron a pensar que aquel poder omnímodo de la psiquiatría debería ser mínimamente controlado, pero resulta que más de 60 años después, un juez de Galicia, que al parecer lleva el caso de Iván, un joven de 30 años y vecino de Arzúa que fue internado de manera involuntaria en el área de psiquiatría del hospital provincial de Conxo en Santiago de Compostela, ha redactado un auto, a instancias del ministerio fiscal, donde pone que al apreciar riesgo de suicidio, imagino que con la documentación sabiamente presentada por parte de sesudos y muy estudiados psiquiatras de dicha área de salud, ve conveniente autorizar una serie de sesiones, tantas como 9, de técnicas de electroshock o electroconvulsión; vamos, ponerle cables en la cabeza y enchufar dichos cables a un aparato que a su vez va a una red eléctrica para así descargar los voltios necesarios en el cuero cabelludo de Iván como único recurso, según los expertos, para curarle, quiero imaginar, aunque, y es mi modesta opinión, no creo que tengan ni idea de lo que le debe estar ocurriendo al pobre Iván.

En el auto del juez, según elcorreogallego.es del 3/30/2023, se afirma que:

“en modo alguno se ocasiona indefensión material alguna ni al paciente ni a su progenitor, porque la autorización del TEC se fundamenta de manera sustancial en el historial clínico del paciente, en particular desde su ingreso, el 9 de febrero de 2023 (autorizado por otra magistrada tras un informe médico de otro forense), en la audiencia efectuada por este magistrado y en el informe médico de otra forense, con ausencia de tratamientos alternativos, dada la sintomatología psicótica activa y la intencionalidad autolítica del paciente”

Es decir, un informe médico, imagino que psiquiátrico, determina que no existe tratamiento alternativo y sirve de justificación, también en dicho auto judicial, para enchufarle al pobre Iván los cables al cerebro y hacerle sufrir un calvario indecible, aun cuando al parecer durante años Iván había sufrido otros tratamientos para la curación de su presunta enfermedad mental por parte de otros médicos:

“dada la insuficiente conciencia pasada y actual de enfermedad/trastorno mental de la persona precisada de apoyos” y, sobre todo, debido a la “ausencia de cualquier otra alternativa al tratamiento pautado de TEC, tanto por parte del paciente como de sus progenitores”.

Por lo tanto, para llegar a este final, otros médicos y psiquiatras, tan estudiados o más que la última que lo trató, jugaron a las enfermedades del cerebro sin dar con la causa y tomaron la decisión más certera: la aplicación de electroconvulsión, una técnica ya denostada por tantos que a los jueces gallegos y a los psiquiatras gallegos les debería de haber llegado incluso la información. Si no, les voy a recomendar un libro, que es de un psiquiatra, y además español: Los psiquiatras de Franco de Enrique González Duro, y aunque en dicho texto se analiza la práctica psiquiátrica en otros tiempos, a lo mejor no estaría de más observar que a veces y desafortunadamente los patrones se pueden repetir. Sobre aquellos no tan alejados tiempos de las prácticas psiquiátricas, la editorial Península ponía en la promoción del libro el siguiente texto:

Durante los largos años de la represión franquista, los principales psiquiatras españoles se convirtieron en guardianes de la integridad moral y política del régimen. Sus métodos, ideología y tratamientos parecían más destinados al castigo de los «rojos» y «los otros» que a la prevención y curación de enfermos. Enrique González Duro, uno de los más destacados psiquiatras españoles, ha buceado en archivos, removido documentación y analizado los textos doctrinales de sus colegas franquistas con el fin de sacar a la luz el comportamiento profesional y personal de una parte esencial de la psiquiatría oficial. El resultado es un libro estremecedor. Un riguroso trabajo que desvela aspectos, hasta ahora desconocidos, de la barbarie clínica cometida contra los perdedores. El manicomio seguía siendo el eje fundamental de la asistencia pública y referente para el orden social, pero fue convertido en una institución de orden y para el orden. Lo importante era el mando único y la disciplina patriótica del personal facultativo, auxiliar y religioso, para controlar permanentemente al enfermo internado, considerado como un peligroso enemigo”.

Permitan que me quede con la primera de las frases: …los principales psiquiatras se convirtieron en guardianes de la integridad moral y política del régimen. Casos como el de Iván nos llevan precisamente a ese punto donde el poder, para escudarse de sus errores, deriva en los psiquiatras el poder omnímodo de decidir que todos nos encontramos en un estado de salud mental negativo que nos hace vulnerables a los trastornos mentales, y así está ocurriendo en nuestro país. Es decir, se les ha vuelto a dar a los psiquiatras, por encima de principios éticos o morales, el poder de encerrar y violentar a los ciudadanos, con la quizá inconsciente connivencia de algunas autoridades judiciales, sin tener en cuenta los derechos humanos más elementales.

Por supuesto, no ahondaré en lo ya publicado sobre las acciones judiciales que deberá emprender la familia de Iván contra cuantos psiquiatras, dada su negligente actuación al no poder curarle, le hayan conducido a ese estado, e incluso contra el mismo juez o la fiscalía. Eso sólo demuestra lo que ya es un clamor internacional sobre el desconocimiento psiquiátrico de lo que ocurre en el cerebro. Cada día son más las voces que se rebelan contra este tipo de prácticas, pero enumerarlas todas requería una extensión que excede con mucho este artículo.

¿No tiene Iván derechos aun en el supuesto de que sufriera algún tipo de trastorno mental indefinible?

En febrero de 2013, Juan Méndez, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Torturas en el mundo, comentó al Consejo de Derechos Humanos de la ONU, referente a las técnicas de terapias electroconvulsivas o TEC, que se debería tener clara “prohibición absoluta de todas las intervenciones médicas forzadas y no consentidas en los casos de personas con discapacidad, incluida la psicocirugía, la terapia de electrochoque, la administración de medicamentos psicotrópicos como los neurolépticos, la inmovilización y el régimen de aislamiento, tanto a largo como a corto plazo”.

El 1 de febrero de 2013, ese mismo relator comentó que los cuidados médicos que causan graves sufrimientos sin ningún motivo aparente pueden considerarse crueles, inhumanos o degradantes, y si hay participación estatal y una intención específica, constituyen tortura.

Cualquier juez internacional podría entender los actos que se están cometiendo contra Iván en Galicia como una tortura participada por algunos miembros de la clase médica y, en su desconocimiento, por el poder judicial, y entonces ¿qué pasaría?

Ya en 2013, el mismo relator exhortaba a los Estados miembros a imponer una prohibición absoluta de todas las intervenciones médicas forzadas y no consentidas en los casos de personas con discapacidad, incluida la psicocirugía, la terapia de electrochoque, la administración de medicamentos psicotrópicos como los neurolépticos, la inmovilización y el régimen de aislamiento, tanto a largo como a corto plazo, cuando no exista consentimiento. La obligación de poner fin a las intervenciones psiquiátricas forzadas basadas únicamente en motivos de discapacidad es de inmediata aplicación y la escasez de recursos financieros no podrá justificar el aplazamiento de dicha aplicación.

Y exhortaba, por supuesto, a revisar las disposiciones jurídicas que permiten la privación de libertad por razones de salud mental en instalaciones de salud mental, y de cualesquiera intervenciones o tratamientos coercitivos en entornos de salud mental sin el consentimiento libre e informado de la persona concernida.

¿Se ha respetado lo anterior con Iván o con su familia?

Sólo por citar algunas recomendaciones que podría ir ampliando en un futuro trabajo sobre el tema, me gustaría comentar que el 10 de junio de 2021, la Organización Mundial de la Salud (OMS) generó una guía sobre los servicios comunitarios de salud mental, centrados principalmente en las personas y basados en sus derechos fundamentales. En dicha guía, no olvidemos, de la OMS se condenan las prácticas psiquiátricas coercitivas que tan alejadas creíamos que se encontraban de España:

“son omnipresentes y se utilizan cada vez más en los servicios de países de todo el mundo, a pesar de la falta de evidencia de que ofrezcan algún beneficio, y la evidencia significativa de que conducen a daños físicos y psicológicos e incluso a la muerte… también prohibir prácticas coercitivas tales como. admisión y tratamiento forzados, reclusión y contención, así como la administración de medicación antipsicótica, terapia electroconvulsiva (TEC) y psicocirugía sin consentimiento informado.

En una consulta en las Naciones Unidas (A/HRC/49/29) del 2 de febrero de 2022 sobre formas de armonizar las leyes referentes a temas de salud mental y su armonización con cuanto se comenta en el apartado C del punto 40 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se comentaba:

“Como resultado de sus obligaciones en virtud de la Convención, los Estados deben derogar las disposiciones sobre la institucionalización forzosa y la sustitución de la toma de decisiones en la ley y en la práctica. El compromiso de los Estados con la desinstitucionalización debe incluir el fin de las prácticas de tratamiento involuntario”.

Y, para terminar, el tema así lo requería, quisiera acabar con un último punto: el Proyecto de Orientación de Sobre Salud Mental, Derechos Humanos y Legislación de la OMS y ACNUDH de junio de 2022, donde se expresa claramente lo que sigue:

“Existe una gran controversia en torno al uso de la terapia electroconvulsiva (TEC) y sus riesgos asociados. En Eslovenia y Luxemburgo, ECT no está disponible; y en muchos países, ha habido una disminución dramática en su uso. Además, hay llamadas para considerar prohibir la TEC por completo. Si está permitido, la TEC solo debe administrarse con el consentimiento informado de la persona interesada. Los estándares internacionales de derechos humanos son muy claros en cuanto a que la TEC sin consentimiento viola el derecho a la integridad física y mental y puede constituir tortura y malos tratos. Las personas a las que se les ofrece TEC también deben ser conscientes de todos sus riesgos y posibles efectos nocivos a corto y largo plazo, como pérdida de memoria y daño cerebral.

Biografía del presente artículo:

-Lea J, Cunliffe S, Jauhar S, McLoughlin DM. ¿Deberíamos dejar de usar la terapia electroconvulsiva? BMJ. 2019;364: k5233. doi: 10.1136/bmj. k5233.

-Gazdag G, Takács R, Ungvari GS, Sienaert P. La práctica de consentir la terapia electroconvulsiva en la unión europea. J ECT. 2012; 28:4-6. doi: 10.1097/YCT.0b013e318223c63c.

-Lea J, Harrop C, Geekie J, Renton J, Cunliffe S. Una segunda auditoría independiente de la terapia electroconvulsiva en Inglaterra, 2019: uso, demografía, consentimiento y cumplimiento de las pautas y la legislación. Psychol Psychother Theory Res Pract. 2021; 94:603-19. doi: 10.1111/papt.12335.

-Breggin PR. Electroshock: Cuestiones científicas, éticas y políticas. Int J Riesgo Saf Med. 1998; 11:5. –

http://www.ectresources.org/ECTscience/Breggin_1998_ECT__Overview.pdf

-Sackeim H, Prudic J, Fuller R, al. mi. Los efectos cognitivos de la terapia electroconvulsiva en entornos comunitarios. Neuropsicofármaco. 2007; 32:244–54. doi: 10.1038/sj.npp.1301180.

-Actualización reglamentaria del manual de instrucciones del sistema thymatron iv. somáticos; 2018

(http://www.thymatron.com/downloads/System_IV_Regulatory_Update.pdf consultado el 27 de junio de 2022).

-“Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Juan E. Méndez”, Consejo de Derechos Humanos de la ONU, 1 de febrero de 2013,

http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil /RegularSession/Session22/A.HRC.22.53_English.pdf

-“Guidance on Community Mental Health Services: Promoting Person-Centered and Rights-Based Approaches”, Organización Mundial de la Salud, 10 de junio de 2021, https://www.who.int/publications/i/item/9789240025707 (para descargar el informe)

– “Orientación sobre servicios comunitarios de salud mental: promoción de enfoques centrados en la persona y basados en los derechos”, Organización Mundial de la Salud, 10 de junio de 2021, pág. 7.

-https://www.elcorreogallego.es/concellos/2023/03/30/juez-ve-riesgo-suicidio-cree-85362462.html

-https://www.perlego.com/book/2540112/los-psiquiatras-de-franco-los-rojos-no-estaban-locos-pdf

Gabriel Carrión López
Gabriel Carrión Lópezhttps://www.amazon.es/s?k=Gabriel+Carrion+Lopez
Escritor y periodista de investigación. Gabriel Carrión López: Jumilla, Murcia, 1962Escritor, guionista y realizador. Ha trabajado como periodista de investigación desde 1985 en prensa, radio y televisión. Experto en sectas y nuevos movimientos religiosos, ha publicado dos libros sobre la banda terrorista ETA. Colabora con medios de prensa libre y es conferenciante sobre temas diversos. Se retira en 2004 de gran parte de sus actividades públicas y comienza de nuevo su actividad en 2008 con la investigación del libro “Scientology la batalla más larga”, que se publica en 2011.Desde entonces ha publicado dos libros, uno de ellos sobre autoayuda y después de varios años, ve la luz este libro EL PODER DE LA PALABRA, un ensayo de preguntas y respuestas que contesta de forma clara y sencilla algunos de los temas más candentes relacionados con Scientology, un tema del cual el autor tiene pensado publicar tres libros más y acabar con un proyecto que comenzó en 2007, y al que, cuando termine en 2022, habrá dedicado 15 años de su vida

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