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PACE emite comunicado final sobre desinstitucionalización de personas con discapacidad

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El Relator de la revisión de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE) sobre la desinstitucionalización de las personas con discapacidad reconoció en un comentario escrito al órgano de toma de decisiones del Consejo, el Comité de Ministros (CM) por su respuesta a la Recomendación de la Asamblea de abril 2022. Al mismo tiempo, la Sra. Reina de Bruijn-Wezeman también señaló el problema de que el CM continúa manteniendo puntos de vista obsoletos, lo que refuerza una brecha de derechos humanos con las Naciones Unidas y la sociedad civil en general con respecto a las personas con problemas de salud mental.

La Asamblea Parlamentaria con su Recomendación 2227 (2022), Desinstitucionalización de personas con discapacidad había reiterado la necesidad urgente de que el Consejo de Europa “integre plenamente el cambio de paradigma iniciado por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) en su trabajo”. Y, en segundo lugar, recomendó al Comité de Ministros que «priorice el apoyo a los Estados miembros para comenzar de inmediato la transición hacia la abolición de las prácticas coercitivas en los entornos de salud mental».

La Asamblea, como punto final, había recomendado que, de conformidad con la Recomendación de la Asamblea 2158 (2019), adoptada por unanimidad, Poner fin a la coerción en salud mental: la necesidad de un enfoque basado en los derechos humanos que el Consejo de Europa y sus estados miembros “se abstengan de respaldar o adoptar proyectos de textos legales que dificultarían la desinstitucionalización exitosa y significativa, así como la abolición de prácticas coercitivas en entornos de salud mental, y que van en contra del espíritu y la letra de la CDPD”.

Controvertido posible nuevo instrumento legal

Con este punto final la Asamblea apuntó al controvertido proyecto de posible nuevo instrumento legal que regula la protección de las personas durante el uso de medidas coercitivas en psiquiatría. Se trata de un texto que ha elaborado el Comité de Bioética del Consejo de Europa en ampliación del Consejo de Europa Convención sobre Derechos Humanos y Biomedicina. El artículo 7 de la convención, que es el principal texto pertinente en cuestión, así como su texto de referencia, el artículo 5 (1) (e) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, contienen puntos de vista basados ​​en políticas discriminatorias de la primera parte del siglo XX.

La Relatora, Sra. Reina de Bruijn-Wezeman, en el comentario escrito del Comité de Asuntos Sociales, Salud y Desarrollo Sostenible de la Asamblea, expresó que estaba satisfecha de que el Comité de Ministros “está de acuerdo con la Asamblea en la importancia de apoyar a los Estados miembros en su desarrollo. de estrategias respetuosas de los derechos humanos para la desinstitucionalización de las personas con discapacidad”.

Y al mismo tiempo no pudo sino reiterar un párrafo de la Recomendación de la Asamblea al Comité de Ministros: “[…] abstenerse de respaldar o adoptar proyectos de textos legales que dificultarían la desinstitucionalización exitosa y significativa, así como la abolición de prácticas coercitivas en entornos de salud mental, y que van en contra del espíritu y la letra de la CDPD, como el proyecto de protocolo adicional […].”

“Lamentablemente, el CM no parece estar de acuerdo en que esto deba aplicarse a las personas con problemas de salud mental recluidas en instituciones, ya que considera a las “personas con discapacidad” como un grupo “distinto de [,] personas con problemas de salud mental”, señaló la Sra. Reina de Bruijn-Wezeman.

Destacó que “aquí está el quid de la cuestión. Desde 2016, la Asamblea ha adoptado tres recomendaciones al CM, subrayando la necesidad urgente de que el Consejo de Europa, como la principal organización regional de derechos humanos, integre plenamente el cambio de paradigma iniciado por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidades (CDPD) en su trabajo, y así apoyar el fin de la coerción en salud mental”.

La Sra. Reina de Bruijn-Wezeman aclaró el punto: “En cambio, la CM, como ella misma señala en esta respuesta, “ha respondido a varias recomendaciones de la Asamblea reafirmando el mandato que le dio al Comité de Bioética para redactar un Protocolo Adicional a la Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina relativo a la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas en relación con el internamiento involuntario y el tratamiento involuntario en los servicios de salud mental”.

El Protocolo Adicional “no es apto para su propósito”

discapacidades - Sra. Reina de Bruijn-Wezeman cuando presentó su informe sobre desinstitucionalización a la PACE
La Sra. Reina de Bruijn-Wezeman cuando presentó su informe sobre desinstitucionalización a la PACE

“Quiero ser muy claro aquí”, agregó la Sra. Reina de Bruijn-Wezeman. “Aunque celebro la decisión de redactar una recomendación (de derecho indicativo) que promueva el uso de medidas voluntarias en los servicios de salud mental, así como los planes del CM para preparar una declaración (no vinculante) que afirme el compromiso del Consejo de Europa para mejorar la protección y la autonomía de las personas en los servicios de salud mental, esto no hace que el proyecto de Protocolo Adicional, que será un instrumento vinculante, sea más aceptable”.

La redacción de este posible nuevo instrumento legal (Protocolo adicional) en el ámbito del Comité de Ministros del Consejo de Europa ha sido severamente criticada ya que, a pesar de su intención aparentemente importante declarada de proteger a las víctimas de brutalidades coercitivas en psiquiatría que potencialmente equivalen a tortura, en realidad perpetúa una Fantasma de la eugenesia en Europa. El punto de vista de regular y prevenir en la medida de lo posible este tipo de prácticas nocivas contra las personas con discapacidad o con problemas de salud mental se opone rotundamente a las exigencias de los derechos humanos modernos, que simplemente las prohíben.

La Sra. Reina de Bruijn-Wezeman finalmente señaló que “la creación de un “paquete” de instrumentos legales deseables e indeseables no debe ni puede distraer la atención del hecho de que el proyecto de Protocolo Adicional no es adecuado para su propósito (en palabras del Consejo de Europa Comisionado de Derechos Humanos), y es incompatible con la CDPD (en opinión del CDPD Comité y los relatores especiales de la ONU responsables).”



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